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Administración, Contabilidad y Finanzas: La administración financiera de las empresas exige el uso de las mejores herramientas para la planificación y el manejo diario de los recursos del negocio.
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Carlos Hidalgo

Peruano, 25 años, egresado de la Universidad Inca Garcilazo de la Vega.


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12 de Octubre, 2007 · General

REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO

Por el Dr. Francisco Pantigoso

PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE

1.- ¿Si se presta un servicio, incluyendo el arrendamiento y el leasing, cuándo se debe de emitir el recibo por honorarios o la factura respectiva?

 

Rpta.- Cuando se culmine el servicio, se perciba la  retribución, parcial o total o cuando venzan cada uno de los plazos fijados o convenidos para el pago del servicio, lo que ocurra primero.

 

2.- ¿Cuando el Estado cobra por tasas, debe emitir comprobante de pago por los servicios prestados?

 

Rpta.- No se comprende en el concepto de “servicios” al cobro de las referidas tasas, por lo tanto no se debe emitir un comprobante de pago.

 

3.- ¿Existe algún plazo tope para emitir comprobantes de pago en el caso de consignaciones?

 

Rpta.- Sí existe, y es de nueve (9) días hábiles de efectuada la transferencia (venta final del bien consignado), por parte del consignante; en caso contrario, se aplica la multa del numeral 1º del artículo 174 del Código Tributario.

 

4.- ¿Un policía de franco, debe emitir comprobantes de pago al establecimiento que vigila?

 

Rpta.- No debe emitirlo, salvo que supere los S/. 800; en ese supuesto, si se excede, debe emitir un recibo por honorarios, se entiende por el total de lo cobrado.

 

5.- ¿Alguna formalidad adicional para las notas de crédito?

 

Rpta.- El adquirente o usuario, o quien reciba la nota de crédito a nombre de éstos, deberá consignar en ella su nombre y apellido, su documento de identidad, la fecha de recepción, y de ser el caso, el sello de la empresa.

 

6.- Si una empresa tiene máquinas registradoras cuyos tickets sí dan derecho al crédito fiscal y al costo a gasto respectivo, ¿deben tener en cuenta algunas obligaciones accesorias? ¿Qué características tiene el ticket por ellas emitidos?

 

Rpta.- Sí, se debe de diferenciar y separar a esas máquinas del resto de máquinas destinadas a los consumidores finales y en número reducido respecto del total de máquinas registradoras del establecimiento, siempre que la cantidad de máquinas lo permita. Estas condiciones se sujetan a la fiscalización de SUNAT.

 

Los tickets en mención deben emitirse con el RUC, apellidos o nombres o razón social del comprador del bien o usuario del servicio, y se deben generar como mínimo en original  más copia, además de la cinta testigo.

 

7.- Si un contribuyente vende por menos de S/. 5.00 en cada operación, ¿debe emitir cada vez una boleta de venta?

 

No es necesario emitir una boleta en cada operación bajo esas circunstancias; lo que se puede hacer es emitir una boleta de venta al final del día por el importe total de aquellas por las que no se hubiera emitido el comprobante de pago respectivo, conservando en su poder el original y copia. Se debe llevar diariamente un control de dichas operaciones.

 

8.- ¿Una indemnización que una empresa paga a otra por resolución unilateral del contrato obligaría  a la emisión de comprobantes de pago?

 

Siendo al indemnización un pago de carácter resarcitorio, en sí mima no constituye ninguna operación gravada con el IGV, no genera la emisión de un comprobante de pago. Sin embargo, en la medida que la indemnización implique el pago o la contraprestación por alguna de las operaciones  comprendidas en el Reglamento de Comprobantes de Pago, los sujetos se encontrarán obligados a emisor el correspondiente comprobante.

 

9.- Los practicantes en las empresas deben emitir comprobantes de pago?

 

Rpta.- Esos montos están afectos a quinta categoría, y por lo tanto no se debe obtener un RUC; uno de los requisitos para emitir comprobantes de pago es obtener un RUC, por consiguiente se puede afirmar que las personas que en calidad de practicantes reciben una subvención económica por concepto de Prácticas Pre-profesionales, no se encuentran en la obligación de emitir comprobantes de pago.

 

10.- ¿Existe algún procedimiento de canje de boletas por facturas?

 

Rpta.- No existe ningún procedimiento vigente que permita el canje de boletas de venta por facturas, más aún las notas de crédito no se encuentran previstas para modificar al adquirente o usuario que figura en el comprobante de pago original.

 

11.- ¿Existe obligación de otorgar comprobantes de pago por sujetos exonerados?

 

La RTF 8552-2-01 del 22.10.01 señala que el encontrarse exonerado del IGV no exime de la obligación formal de otorgar comprobantes de pago, ni la de exigirlos.

 

12.- ¿Una factura emitida a nombre de terceros haría perder el crédito fiscal? ¿Qué dice la jurisprudencia sobre el particular?

 

La RTF 2396-4-96 del 08.11.96 determina que si bien las normas del IGV señalan en forma expresa que las facturas y notas de cargo para poder sustentar el crédito fiscal deben consignar el nombre del comprador y en el caso en apelación consignan el nombre del titular de una EIRL, en este reparo en particular existe certeza en la Administración de que el crédito fiscal corresponde a la empresa, por lo que el Tribunal consideró que la Administración debía efectuar las verificaciones pertinentes en la contabilidad y los almacenes de la recurrente a fin de determinar si los bienes fueron ingresados a sus inventarios ya que, de ser así, quedaría comprobado que el crédito le corresponde debiendo aceptarse su deducción.

 

13.- ¿Cuál es la fijación del valor de bienes comisados que debe consignarse en la Resolución de Comiso?

 

En el caso de la RTF 999-1-98 del 10.11.98 la recurrente fue sancionada con el comiso de los bienes, ante infracciones en las guías de remisión. El Tribunal Fiscal ha indicado que para fijar el valor de los bienes comisados que debe consignarse en la Resolución de Comiso, la tasación de los bienes, incluso los importados, debe ser realizada por un profesional designado por la administración. Cuando se trate de bienes usados, debe deducirse la depreciación  respectiva.

 

14.- ¿Se puede sustentar la remisión de bienes con una factura y no con una guía de remisión?

 

Rpta; Sí se puede y el remitente podrá sustentar el traslado de bienes con el original y la copia SUNAT de la factura siempre que el mismo contenga la siguiente información adicional: Nombre y apellidos o razón social de la empresa de transporte contratada; RUC de la empresa de transporte contratada; dirección del punto de partida y del punto de llegada.

 

15.- ¿Qué reglas existen para el trasbordo, en el caso  de las guías de remisión para el transportista?

 

Si el transportista por causas no imputables a éste, se viese obligado a transbordar los bienes a otra unidad de transporte, sea la nueva unidad de la empresa de transportes o se subcontrate el servicio a un tercero, se indicará en la misma guía de remisión del transportista, el motivo del trasbordo y los datos de identificación de la nueva unidad de transporte y del nuevo conductor.

 

16.- ¿Qué sanción trae el no consignar el “peso total” de la mercadería transportada en una guía de remisión?

 

Rpta.- Se trata de un incumplimiento de un “requisito principal” y se aplicaría la sanción de internamiento vehicular (ya se ha derogado la multa de 80% de la UIT a este caso, a raíz del Decreto Legislativo Nº 953, publicado durante la última “Reforma Tributaria”).

 

17.- ¿Cómo se sustenta el traslado de bienes dentro de una misma provincia producto de diferentes operaciones?

 

Rpta.- El traslado de bienes dentro de una provincia, producto de diferentes operaciones, independientemente de la modalidad de transporte bajo la cual se realice, podrá ser sustentado por el remitente con la copia adquirente de las boletas de venta y/o el original y copia SUNAT de las facturas, acompañadas de una guía de remisión del remitente que contenga, a manera de resumen, en el rubro “Datos del bien transportado”, la numeración de las boletas y/o facturas”.

 

18.- Existen nuevas infracciones relacionadas a las máquinas registradoras a raíz de la “Reforma Tributaria”?

 

Rpta.- Sí; existen dos nuevas infracciones:  utilizar máquinas registradoras no declarados o sin la autorización de la SUNAT; utilizar máquinas registradoras en establecimientos distintos del declarado ante la SUNAT, siendo las sanciones el comiso o multa (para la primera infracción) y el 60% de la UIT (para la segunda infracción)..

 

19.- ¿Existen normas en el IGV vinculadas a la emisión de comprobantes de pago?

 

Rpta.- Sí, se debe revisar las definiciones de comprobantes de pago falsos, no fidedignos y que no reúnen los requisitos legales o reglamentarios, con sus graves consecuencias: se desconoce el crédito fiscal.

 

20.- ¿Un inquilino puede pasar los gastos de luz, agua, teléfono que salen a nombre del arrendador?

 

Rpta.- Sí, pero desde la fecha de certificación de firmas efectuada por un Notario, respecto del contrato de alquiler.

 

 

21)       ¿Está permitida la anulación de boletas y/o facturas emitidas de manera manual? ¿de ser posible, podrían ser objeto de observaciones por parte de SUNAT?.

El Rgto. CdP no hace distinción respecto de la anulación de CdP manuales o computarizados, por lo tanto sí está permitida la anulación, mediante la
emisión de la correspondiente Nota de Crédito, que obviamente debe hacer referencia de la factura o boleta de venta que esta anulando.

 

22)       Es permitido anular con una Nota de Crédito el 100% del importe de una factura o boleta de venta?

 

Si, la Nota de Crédito puede anular el total o parcialmente una factura o boleta de venta. No existe ninguna restricción al respecto por parte del Reglamento de Comprobantes de Pago.

 

23)       Si una empresa realiza venta de bidones de agua a los trabajadores, por dicha actividad se emiten las respectivas boletas de venta  ¿es
obligatorio entregarlas a los trabajadores que los han adquirido? ¿que
penalidad tendría la Empresa de no hacerlo?


Si la operación supera los S/. 5.00 es obligatoria la emisión del Comprobante de Pago (en adelante lo mencionaremos como CdP), de no
hacerlo y si la omisión es detectada por la SUNAT procede la sanción de
cierre y/o multa.

 

24)       Por la prestación del servicio, una empresa emite un recibo (CdP)
¿cuando se considera procesado en el Registro de Ventas al momento
mismo de facturarse o al enviarse al cliente?

 

Una es la obligación de emitir el CdP y otra la obligación sustancial del
IR e IGV. Para el caso del primero, el impuesto se determina de acuerdo al
criterio de lo devengado (se haya emitido o no el CdP). Para efectos del
IGV nace la obligación tributaria cuando se emite el CdP o se cobre la
retribución, lo que ocurra primero.

 

25)       El área de Facturación, retiene algunos recibos emitidos con
inconsistencias (no se remiten al cliente), disponiendo la respectiva
corrección y/o anulación y emitiendo un nuevo recibo para su
distribución al cliente ¿cual es la implicancia tributaria de esta
acción? ¿el recibo anulado sustenta cualquier observación por parte de SUNAT? ¿en este caso correspondería emitir una nota de crédito?


Si el recibo se anula dentro del mismo mes de su emisión puede
anularse en forma física (por ejemplo con un sello que diga ANULADO), y deben conservarse para una eventual fiscalización de SUNAT.

 

26)       ¿Está permitido emitir un solo recibo por la prestación del
servicio, como lo hace por ejemplo LIZ DEL SUR o EDELNOR? (es entregado en original al cliente)

Los recibos de consumo de luz (al igual que el caso del consumo de agua o Telefonía) son comprobantes de pago autorizados, por lo tanto no se
requiere entregar más de una copia al usuario.

 

27)       Nos han indicado que las notas de crédito y/o débito sólo pueden ser
emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar CdP emitidos con anterioridad, bajo esa premisa:


* ¿cómo deberíamos actuar en los casos de pagos equivocados? Esto es,
cuando el cliente A paga "por equivocación" el recibo del cliente B
(reflejándose en la cuenta del cliente B como recibo cobrado cuando él
no ha efectuado el pago)?


* ¿resultaría válido emitir al cliente A una n/crédito por el importe
pagado (en este caso el cliente deja el recibo original que sustenta el
pago equivocado) y al cliente B una n/debito (aunque directamente no
haya provocado esta situación)?

 

La CxC ha sido cancelada, por lo tanto previamente habría que
reversarla para poder exigir su pago en el siguiente recibo. Respecto del
cliente A, habría que emitirle una Nota de Crédito para devolverle el monto pagado
erróneamente.

Palabras claves
publicado por chidalgo a las 18:54 · 96 Comentarios  ·  Recomendar
 
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estimados: tengo una inquietud. Un ente habiliatdo para el pago de la luz, ha emitido como comprobante de pago un sello sin azon social, domicilio, cuit, ingresos brutos, iva y leyenda "pagado". Sólo dice: locutorio "xxx" fecha y número de caja-esto es legal?
Que dbería decir y que ley se violenta?
Trabajo en defensa del consumidor y necesito ampliar el conocimiento, ya que un comprbante de pago no es un recibo de venta.-
Gracias.-
publicado por Alejandra Helling, el 29.11.2007 11:08
Señores:La presente por la inquietud que tengo referente a facturas, en SUNAT me indican que el precio unitario tiene que ser sin Igv, pero creo que seria asi si yo coloco valor unitario, estare infrigiendo alguna multa, ya que discrimo el Igv en la parte inferior de la factura.
Agradecida
publicado por Jessica Romero, el 30.05.2008 14:16
buen dia:

estimados señores:me solicitaron un recibo del 2005,a mi cliente se lo pidio el contador
en su momento no fue confeccionado ese y otros mas ,puedo confeccionar papel membretado con datos del pago,esto me traeria multa a la empresa?
publicado por cecilia, el 23.06.2008 16:31
me podra alguien decir cual es la diferencia entre guia de transporte y remito??

Muchas Gracis
publicado por Valeria, el 27.06.2008 10:56
hola me llamo yessica me podria decir porfavor una definicion que es presupuesto de compras de materias primas ...como para q lo entiendan todos mis compañeros ...gracias tengo q exponerlo mañana
publicado por yessica, el 29.06.2008 15:44
Agradeceré me aclaren este punto: al emitir una factura, ¿es requisito indispensable consignar la dirección exacta del usuario? ¿invalida la factura señalar sólo el nombre del distrito en que domicilia el usuario?
sucede que una empresa a la que presto servicios no me acepta comprobantes de pago donde sólo se consigna el distrito de residencia y no la dirección en detalle.
Espero sus comentarios.
publicado por juvenal, el 18.07.2008 01:35
hola me gustaria que publicaran un articulo acerca de lo que es el proceso administrativo. gracias.
saludos.
publicado por camila montserrath, el 12.11.2008 13:10
Hola que tal me agrado esto es muy importante...pero sabes a mi me agradaria saber los montos minimos para girar factura o boleta de ventas y cual es la ventaja gracias...
publicado por melissa, el 19.11.2008 21:41
buenós días; le cometo en el problema que se encuentra un familiar que compro un repuesto de vehiculo usado con boleta de venta de una persona natural como funda de corona usada, resulta que como es mecanico iba a cambiar dicho repuesto en Caylloma, para lo cual estaba en pleno viaje y recuerda que había olvidado su torquimetro que es herramienta necesaria para efectuar tal cambio de repuesto, por lo cual decide dejar dicho bien a un lado de la carretera medio camuflado para volver a Arequipa, recoger la herramiente y volver por el bien dejado, enterándose que Aduanas habia incautado dicho bien por no haber su propietario ni contar con documento alguno e indican que la boleta de venta no acredita mi propiedad porque no tiene especificaciones como marca modelo, serie y otros por lo que se niegan a devolver la mercancía, en estos casos, si comprò dicho bien, cual es la responsabilidad de la vendedora que no especificó las características totales de la autoparte usada y la del comprador.
publicado por Luz Ranilla Collado, el 05.12.2008 15:19
buenas tardes, me podra alguien decir cual es la diferencia entre guia de transporte y remito? y caracteristicas de cada uno. muchas gracias
publicado por Ana, el 20.03.2009 17:19
Mi pregunta es , trabajo en el sector publico y hay un trabajador que salio de comision , y para sustentra sus gastos trajo boletas de pago , pero el detalle es que en las b/v no figura el nombre correcto para la entidad publica en la q trabajo, se debe aceptar dichas boletas como sustento de gasto o no ,gracias
publicado por luis, el 02.04.2009 10:28
buenas tardes primero felicitarlo por su pagina, mi pregunta es cual es elcodigo de comercio peruano , y lo otro es si es que alguien me podria enviar a mi email resumen del reglamento de comprobanmte de pago mi email es spirit_revel@hotmail.com...
ok muchas gracias y que sigan los exitos
publicado por vladimir torres garcia, el 13.04.2009 17:49
QUE SUCEDE SI EN EL DOCUMENTO O COMPROBANTE DE PAGO NO SON MUY CLARO LOS CONTENIDOS
publicado por paul, el 12.05.2009 00:51
Escriba aquí su comentario que sancion produce al pagar una factura emitida a una cooperativa Ejemplo coop.Brisas del sarare y la pagan con un comprobante a nombre de asociacion civil el sarare
publicado por Dennys Astroza, el 15.05.2009 12:42
Hola quisiera saber donde puedo encontrar elñ nuevo reglamento de comprobantes de pago, el texto que este completo, les agradeceria que me lo manden a mi correo roberto.daniel18@hotmail.com
publicado por roberto daniel, el 01.06.2009 11:56
Hola, quería saber si una asociación civil que emite recibos, puede por una venta realizada emitir el mismo, y que un organismo del estado se lo rechazó porque exige factura
publicado por Gabriela, el 03.06.2009 13:50
estimado te planteo una caso para que des tu opiñion:
una unipersonal(RI)presta servicios de transporte a una SA, a su vez esta SA le presto empleados a la unipersonal para trabajar en los camiones de la unipersonal.Por ej. la unipersonal debe factura $100 mas iva y la SA le cobra $30 por los empleados. la SA plantea los siguientes opciones de facturacion:
1)que la unipersonal facture por el neto o sea $ 70 mas iva
2)facture 100 mas iva y emita una nota de credito por 30 mas iva
3)facture 100 mas iva y la SA emite una nota de debito por $30 mas iva

mi consulta es porque la unipersonal tiene que pagar un iva sobre los $30 ya que no hay venta, porque los empleados son de la SA. Es decir la SA deberia cobrar un precio por el servicio de los empleados y no descontar de la facturacion el sueldo de los empleados.-
se entiende mi consulta?
publicado por adrian, el 23.06.2009 23:48
COMPRE EN TRES(3)CUOTAS UNAS ZAPATILLAS EN AÑO 2000,APROX ,HOY UN ESTDIO DE ABOGADOS ME INTIMA A PAGAR PORQUE DEBO?,ME PIDEN QUE PRESENTE COMPROBANTE DE PAGO!DESPUES DE TANTOS AÑOS VALE HACER ESTO, COMO ME DEFIENDO? GRACIAS POR RESP.
publicado por CORES ANIBAL, el 24.06.2009 12:45
Los tickets emitidos solo tienen validez si se consigna en el ticket el nombre del usuario y el RUC del usuario o consumidor tal como en las Boletas de Venta ? Y digame por favor, en que norma esta esa disposición ?
publicado por gustavo jesus, el 02.07.2009 17:11
Los tickets emitidos solo tienen validez si se consigna en el ticket el nombre del usuario y el RUC del usuario o consumidor tal como en las Boletas de Venta ? Y digame por favor, en que norma esta esa disposición ?
publicado por gustavo jesus, el 02.07.2009 17:13
cambie de casa y necesito que el comprobante de pago me llegue a mi nueva casa
publicado por jorge elkin moreno ramirez, el 06.10.2009 21:05
quisiera saber de las notas de debito en casos especiales, ley, reglamento
publicado por CHARITO, el 13.11.2009 12:38
que implicancias tiene la emision de una NOTA DE DEBITO por mi cliente, la mencionada nota me llego despues de mi declaracion mensual, tengo que hacer la rectificatoria.
publicado por CHARITO, el 13.11.2009 12:40
Los comprobantes de pago, como facturas que se hayan olvidado de registrar en un mes , sirven para sustentar el crédito fiscal si es que lo registro el mes siguiente.
publicado por Edwin Peralta, el 26.11.2009 13:00
cules son los nuevos cambios que se a echo en los conprobantes de pago
publicado por antony sullca tores, el 07.12.2009 17:06
Hola, quisiera saber si cuando emito una boleta de venta y mi cliente es de provincia tengo que entregarle una guia de remision para su traslado ??
publicado por patricia, el 11.12.2009 14:31
QUE PROBLEMA TENGO SI AL MOMENTO DE IMPRIMIR MIS FACTURAS POR UN ERROR SE IMPRIMIERON "RECIBOS DE PAGO" EN LUGAR DE "FACTURAS" YA QUE LA AUTORIZACION DEL SAT ES POR FACTURAS, EL ERROR INVOLUNTARIO LO PUEDO SUBSANAR MEDIANTE UN ESCRITO LIBRE ANTE EL SAT.?
publicado por Carlos Alberto Martinez, el 07.04.2010 16:09
ME GUSTO MUCHO LA PAGINA FELICITACIONES POR ESTA INICIATIVA, PRONTO HARE LLEGAR MIS INQUIETUDES
publicado por ISVI, el 14.04.2010 16:54
quisiera que se me facilita sobre todo lo que respecta a comprovantes de pago
publicado por paola, el 15.04.2010 20:34
En el caso de facturación adelantada cuya pago del documento (factura) se cubrió en el 2009 y por lo que resulta diferencia en relación a lo pagado contra lo que se debió facturar, la Nota de Crédito a expedir para la cancelación de dicha diferencia y la devolución del dinero sería en éste 2010 con la tasa del IVA al 15% ó al 16%
publicado por Rosa A Chapa Gtz, el 29.04.2010 14:17
Bueno, felicitaciones por sus orientaciones. Mi comentario es de un caso donde se reciben comprobantes de pago de proveedores emitidos con errores en el nombre om razon social, y en ladirección de la empresa, ejm. dice Sucre 702 debiendo ser Mariscal Sucre 712, pregunto ¿Tiene sancion estos errores? Les agradezco por adelantado su respuesta
publicado por DANIEL LOZANO, el 06.05.2010 22:00
¿DENTRO DE LA LEY DE COMPROBANTES DE PAGO EXISTE ALGUN PARRAFO QUE NO ME PERMITA EMITIR UN COMPROBANTE DE PAGO (FACTURA) CON FECHA DE EMISION POSTERIOR A LA FECHA DE CANCELACION? Y SI LO HAY ME PODRIAN PASAR. MUCHAS GRACIAS.
publicado por SEBASTIAN, el 10.06.2010 15:32
SOLICITO ME INFORMEN SI POR UN TEMA DE REMATES SOBRANTES Y RECUPEROS DE UN PROYECTO TERMONADO DEBO ENTREGAR ALGUN CONPROBANTE DE PAGO POR LA VENTA Y/O POR EL DINERO RECIBIDO, EN CASO DE UAN DONACION DEBO ENTREGAR GUIA DE REMISION Y/O FACTURA ???
publicado por TEOFILO TASILLA CASTREJON, el 15.07.2010 21:28
UNA CONSULTA AL ANULAR UNA FACTURA SE COBRA ALGUN IMPUESTO POR ESTA ANULACION SI O NO Y CUANTO ES.
GRACIAS
publicado por rosa caceres, el 18.09.2010 08:49
quiero suspender mi ruc,por favor me podría enviar la informacion?
publicado por EDI ROXANA TAPIA DIAZ, el 16.10.2010 11:31
por favor quiero suspender mi ruc pero quiero q me brine informacion
publicado por EDI ROXANA TAPIA DIAZ, el 16.10.2010 11:33
se puede emitir un comprobante de pago con fecha domingo o feriados,en que parte del reglamento de pago menciona esto.
publicado por saul, el 03.11.2010 18:11
buenos dias:
seria tan amable de poder indicar lo sigueinte:
Hasta que tiempo se debe de archivar las boletas de venta ya emitidas, un ejercicio? o mas, segun que norma?.
atentamente:
Francisco trucios.
Gracias
publicado por francisco trucios, el 14.11.2010 13:00
Señores,les agradeceria me indiquen la Base legal, que se refiere hasta cuando deben guardarse lor recibos de Ingresos, que proporcionan en las Universidades cuando se pága por un servicio, séa matrícula, pensiones certificados de Estudios Bachillerato, título etc.
publicado por NANCY FERNANDEZ BOCANEGRA, el 05.01.2011 12:04
buenos dias quiesiera saber si se tiene que realizar algun tramite cuando malogro 5 recibos por honorarios al año osea por error se lleno mal o alguna mancha me devuelven y tengo que emitir nuevamente deseo saber si el monto de mis recibos anulados influyen en el monto total anual gracias
publicado por magi, el 08.02.2011 13:27
Si soy una empresa que ofrece el servicio de trasnporte pero asu vez yo como empresa no cuento con ninguna unidad de trasnporte terceriso el servicio en varios proveesores mi consulta es quien debe emitir la guia del transportistas nosotros o el tercero
publicado por eduardo gamarra, el 08.02.2011 18:30
Hola. pregunto ¿si yo voy a hacer mis compras en un algun comercial y si me emitieron la factura sin antes terminar de decirles que cierren la venta en la factura y pido que se me facturo por un solo monto por todos los productos que compré, pueden anular la Factura anterior que hicieron y cuanto me cuesta por anular la factura es justo que me cobren o no? de no ser justo que penalidad tiene el comercial? y también si yo como persona natural quiero sustentar mis gastos por medio de una boleta de pago y es menos de S/. 5.00 y no me quieren dar que debo hacer?
publicado por Liz Reátegui, el 12.02.2011 18:37
una empresa, q alquila vehiculos por dias va emitir comprobantes en el mes de marzo 2011..fecha en q se reduce el igv de 19% a 18% ..alquiler q corresponde a los dias de febrero 2011 , que igv usaria en su factura a emitir en marzo??
publicado por ALEX, el 28.02.2011 17:51
hola quisiera saber una inquietud!!!!!vendi una mercaderia a un supermercado pero esa mercaderia fue devuelta y con una guia de remisio pero me dijeron q tengo q emitir una nota de credito quisiera saber quien me hace ese descuento y si tengo q declarar a la sunat esa nota de credito ojo xq la mercaderia devuelta me cancelaron cuando fue vendida????gracias xq la respuesta estare esperando
publicado por lita villanueva, el 14.03.2011 00:21
hola ....de antemano gracias.mi consulta es la sgte.como considero una factura de compra de febrero para el mes de marzo,como en marzo se cambio el parametro de la tasa del igv,,,lo puedo considerar con el 19 porciento como me lo han emitido?gracias
publicado por matilde, el 19.03.2011 14:34
Por mutuo acuerdo con mi proveedor (verbal)cuando realizamos una importación y ocurre un gasto adicional el proveedor lo asume. A la fecha ocurrio y ya desconto de su pago pero no me emite la nota de crédito, mi consulta es; puedo emitir una nota de debito por recupero de gastos al proveedor.
publicado por valentin Pizarro, el 28.04.2011 11:45
Hola, Consulta sobre el error en el Nº de autorización de sunat en la impresión de comprobante de pago, cuál sería la solución de parte de la imprenta y del contribuyente?
publicado por Hilario, el 17.05.2011 13:41
hola les agradeceria si me ayudan con esta pregunta.
La formalización de la empresa involucra la emisión correcta de facturas y/o boletas. Considera que esto es una ventaja, ¿por qué?
publicado por manuel paima, el 17.05.2011 19:23
hola quiero hacerles una consulta.

Uno de los objetivos de la Contabilidad es la información. Si usted está administrando una empresa ¿Qué información le solicitaría a su Contador con la finalidad de conocer la situación de la empresa?
publicado por manuel paima, el 17.05.2011 19:28
La formalización de la empresa involucra la emisión correcta de facturas y/o boletas. por qué Considera que es una ventaja,
publicado por rogelio, el 21.05.2011 21:21
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